domingo, 27 de abril de 2014

ANTICIPOS DE REMUNERACIÓN PARA EL 2014

Autorizan entrega de anticipos de remuneraciones en el magisterio
Mediante circular 2014-00023-CIR, del 3 de abril de 2014, el Ing. Oscar Dayan Valencia Cárdenas, Coordinador General Administrativo y e Financiero del Ministerio de Educación, dispuso que a partir de esa fecha se otorguen los anticipos de remuneraciones a todos los servidores legalizados que prestan sus servicios en las distintas entidades operativas desconcentradas a nivel nacional.-

Añade el documento textualmente que: “ para lo cual cumplirán con la normativa legal vigente establecida en la LOSEP, su Reglamento General y el Reglamento y Procedimientos para la Concesión de Anticipos, emitido por el Ministerio de Relaciones Laborales, publicado en el Registro Oficial, 404 del 15 de marzo del 2011”.-

Señala la circular que con fecha  31 de enero del año en curso, se emitieron algunas disposiciones referentes al proceso de cierre definitivo de las Ex – Direcciones Provinciales de Educación Hispanas y Bilingües y entre uno de los numerales, se dispuso la suspensión temporal de los anticipos de remuneraciones a los servidores mientras se realiza el traspaso de las partidas docentes hacia los distritos educativos de reciente creación, que asumirán las competencias de las ex –direcciones provinciales del ramo.-

Con esta normativa los rectores de los colegios y funcionarios del área financiera de la Dirección de Educación, para el nivel primario, están autorizados para realizar los trámites de estos valores a partir del mes de mayo, cuando los docentes tienen múltiples gastos como son los de enfrentar el inicio del año lectivo 2014-2015 y el Día Universal de las Madres que se celebrará el domingo 11 de mayo, por lo tanto requieren de este aliciente para enfrentar los gastos que demandan estas actividades.


Con la situación vivida anteriormente y que mantiene con juicios y muchos en prisión por irrespetar esta disposición, los rectores y colectores deben aplicar la norma en referencia que señala la entrega solo de 3 sueldos básicos a los maestros solicitantes del crédito, sin ningún interés a nivel del magisterio.- 

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