jueves, 3 de septiembre de 2015

ASAMBLEA NACIONAL

Comisión de Justicia analizará objeción a reforma al Código Orgánico Integral enal
 La Legislatura recibió del Ejecutivo la objeción parcial del proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal. La Asamblea Nacional aprobó esta iniciativa el pasado 11 de agosto. Según el documento, la Presidencia considera que se deben hacer cambios en el artículo 6 y la disposición final.

En el primer tema, la ley aprobada propone sancionar con pena privativa de libertad de 30 a 180 días a la persona que conduzca un vehículo a motor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que la contengan y que ocasione un accidente de tránsito con daños materiales. El razonamiento que hace el Ejecutivo es que en este artículo se hace distinción de sanciones sobre la base el costo de la reparación de los daños, sin un principio de proporcionalidad.
Así, si la tarifa de reparación es mayor a dos salarios básicos unificados del trabajador, la sanción será en la misma proporción, es decir, 708 dólares, tomando en cuenta que la remuneración básica unificada en el Ecuador es de 354. En este caso la reducción de los puntos en la licencia de conducir será de seis. En cambio, si el costo excede los seis sueldos básicos unificados la sanción es de cuatro mensualidades básicas (1.416) y la reducción de nueve puntos.
En la objeción el mandatario sostiene que no es viable determinar una misma pena para todos los casos en los que se produzcan daños materiales, sin distinción del costo de reparación. Argumenta que, en este caso, se podría incluso causar destrucción material cuyo monto de reparación no exceda ni un dólar y el juzgador tendrá que imponer la sanción propuesta en esta norma.
Además, propone cambios en el artículo 6, en el que se agregue después del cuarto párrafo del artículo 380 otro que diga que si la persona se encontrase en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que la contengan, se impondrá la pena establecida para cada caso, aumentada en un tercio y pena privativa de libertad de 30 a 45 días.
En cuanto la disposición final, plantea que ley entre en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y que los procesos y procedimientos que en la actualidad se encuentran en trámite continuarán sustanciándose conforme a las reglas de procedimiento vigentes al tiempo de su inicio y hasta su conclusión.
La Comisión de Justicia y Estructura del Estado se encargará de analizar la objeción y elaborar el informe no vinculante para conocimiento y resolución del Pleno de la Asamblea Nacional. LM/pv

No hay comentarios:

Publicar un comentario