domingo, 13 de septiembre de 2015

MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL



Control de calidad e higiene a los servicios de externalizados de alimentación realiza MIES.

El seguimiento y verificación técnica a la  calidad de  los servicios de externalizarían de alimentación de los Centros Infantiles del MIES  es permanente. Cincuenta y ocho (58)  Centros Infantiles  tiene el Distrito en los cantones: Esmeraldas, Quinindé, Atacames y Muísne, con una cobertura de  2.460 niños y niñas  de 1 a 3 años.

Martha Estupiñán Montaño directora Distrital del MIES refirió que son ocho  Asociaciones vinculadas a la Economía Popular y Solidaria que  proveen el servicio de alimentación a  los CIBVs, entregan de lunes a viernes 4 ingestas. Ratificó la Directora  que es parte del trabajo éstas visitas,  para informar a los padres en las reuniones de  comités de familia que la alimentación de sus hijos está garantizada, además el personales capacitado constantemente en la parte  educativa donde se desarrolla las habilidades y destrezas psicomotrices de los niños y niñas.

Danice Valencia Quiñónez Coordinadora del Centro Infantil Amiguitos Alegres de la parroquia Tachina en compañía de funcionarios el Ministerio de Salud verificaron  éste 10 de septiembre de 2015  las instalaciones de ASOPASDI, organización que presta los servicios de alimentación para éste y otros Centros  infantil. La Coordinadora se mostró  complacida por la manipulación profesional que realiza el personal encargado de preparar los alimentos.

Ena Zambrano responsable de la coordinación de los  Centros Infantiles manifestó, “acciones como éstas permite mejorar día, día así garantizar  una buena nutrición balanceada de  los niños y niñas; además constatar que la preparación de  los alimentos  se realiza con todas las normas de higiene”.
   
Mirian Caguacomentó que  personas así se quiere en todas las instituciones que estén al tanto de todo, observando,  revisando y controlando. La Ley orgánica de salud; capítulo de los alimentosArt. 145.- Tipifica: “Es responsabilidad de los productores, expendedores y demás agentes que intervienen durante el ciclo producción consumo, cumplir con las normas establecidas en esta Ley y demás disposiciones vigentes para asegurar la calidad e inocuidad de los alimentos para consumo humano.

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