Comisión de Soberanía Alimentaria dejó listo
proyecto de Ley de Tierras
En cumplimiento de la
disposición del Consejo de Administración Legislativa (CAL), la Comisión de
Soberanía Alimentaria agrupó en un solo texto las cinco propuestas existentes y
aprobó el proyecto denominado Ley de Tierras Rurales y de Territorios
Ancestrales.
El documento, en la tercera
semana de octubre, será sometido a reuniones nacionales y consultas de actores
sociales, esto es, pequeños, medianos y grandes agricultores, empresas, así
como organizaciones campesinas e indígenas, etc., anunció el legislador Miguel
Carvajal, presidente del organismo.
Precisó que las reuniones se
cumplirán en Guayaquil, Cuenca, Tena y Quito, luego de lo cual se espera,
aproximadamente en la cuarta semana de octubre, hacer una revisión de todas las
observaciones y preparar el informe para primer debate, que se presentaría a la
titular de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, en la primera quincena
de noviembre y posteriormente entraría a conocimiento del Pleno.
En vista que se trata de una
Ley de Tierras Rurales y de Territorios Ancestrales, hay algunas normas sobre
lo que le corresponde al Estado respecto a los territorios de pueblos y
nacionalidades ancestrales: indígenas, afro-ecuatorianos y montubias, por lo
que le tocaría delimitar y titular. Entonces, esta es una medida que protege
derechos y habrá que analizar si corresponde o no la consulta pre-legislativa,
lo que sería resuelto luego del primer debate, explicó.
Dijo que a partir de hoy se
difundirá el documento a las diversas organizaciones sociales y colectivos
ciudadanos, a los pueblos, comunidades y nacionalidades, manteniendo la actitud
de transparencia y de apertura al diálogo, que caracterizó la discusión de la
Ley de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, a fin corregir
posibles errores y enriquecer la normativa.
Objetivos
Argumentó que la ley protege
toda forma de propiedad, pero exige que la propiedad agrícola o que tiene
vocación agrícola esté trabajándose, que cumpla, por lo tanto, la función
social; exige que la posesión agrícola sea desarrollada con responsabilidad
social, caso contrario existen causales de afectación, tal como manda la
Constitución.
Lo que se busca es que las
propiedades que están en el agro y que tienen vocación agrícola estén
activamente vinculadas a la producción, no estén desocupadas, ociosas o no
estén generando riqueza. Para el efecto, crea mecanismos como el Fondo de
Tierras para que campesinos pobres puedan acceder a la compra de tierras en
acuerdos con el Estado y con las tierras públicas producto de afectación,
sostuvo.
Enfatizó que también se
favorecen acuerdos entre privados, de pronto, con un hacendado que quiere
vender su hacienda y entregarla a campesinos, entonces, se determina acceso a
créditos para que puedan comprar; se definen mecanismos expeditos en el ámbito
administrativo para resolver los conflictos de tierra que, hoy por hoy, es un
viacrucis, dijo.
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