CNE
socializa disposiciones sobre publicidad o propaganda Estatal
La Delegación Provincial Electoral de
Esmeraldas hizo conocer que de
acuerdo a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la
República del Ecuador (Código de la Democracia), ARTÍCULO 203.- Durante la campaña electoral se prohíbe la
publicidad o propaganda de las Instituciones del Estado, en todos los niveles
de Gobierno, salvo las excepciones que
se detallan a continuación:
Que la difusión se refiera a información
de programas o proyectos que estén
ejecutándose o que por la oportunidad deban ejecutarse en dicho período.
Cuando se requiera en las obras
públicas, informar a la ciudadanía sobre cierres o habilitación de vías u obras
alternas; o lugares alternos;
En situaciones de emergencia,
catástrofes naturales, cuando se requiera informar a la ciudadanía sobre
medidas de seguridad, evacuación, cierre o habilitación de vías alternas.
Cuando se requiera informar de temas de
importancia nacional tales como: campañas de prevención, vacunación, salud
pública, inicio o suspensión de períodos de clases, seguridad ciudadana, u
otras de manera similar.
Además, se prohíbe durante la campaña
electoral la contratación y difusión de propaganda y publicidad por parte de
sujetos de derecho privado referente al proceso electoral en prensa, radio,
televisión, vallas publicitarias y cualquier otro medio de comunicación social.
Los medios de comunicación social se
abstendrán de hacer promoción directa o indirecta que tienda a incidir a favor
o en contra de determinado candidato, postulado, opciones, preferencias
electorales o tesis política. El Consejo Nacional Electoral ordenará el medio
de comunicación electoral la suspensión inmediata de la publicidad o
propaganda que no cumpla con las excepciones previstas en el presente artículo,
sin necesidad de notificación previa al anunciante, o, de ser el caso podrá
disponer al anunciante la modificación de la publicidad o propaganda, sin perjuicio del juzgamiento de conformidad con
esta Ley.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario